AUTO DE CERTEZA PROCESAL.
Vista la anterior diligencia de fecha 27 de junio del presente año, suscrita por los ciudadanos CARMEN TERESA ROMERO PEROZA Y DAMASO ANTONIO ROMERO PEROZA, parte actora de la solicitud de Titulo Supletorio que cursa en este Tribunal Agrario bajo el Nº 00460, debidamente asistidos por la Abogada Sergia Sánchez, plenamente identificada en autos, en el cual manifestaron no poseer aún la Carta de Registro Agrario del predio a que se contrae la presente solicitud, por lo que imposibilitó la consignación de la misma ante esta Instancia. De conformidad con lo anteriormente expuesto, este Tribunal informa a los referidos solicitantes que a los fines de hacer cumplir con las disposiciones legales, no se dictará el Decreto de Titulo Supletorio Agrario, hasta tanto no consignen dicho documento.
La Jueza
Abg. IVETI T. LÓPEZ OJEDA