Con fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JOSE MANUEL JAYO (suficientemente identificado en autos) actuando con el carácter de Presidente de la ASOCIACION COOPERATIVA "ORINOCO 426" R. L., debidamente asistido por el profesional del derecho, abogada LUIS ALEJANDRO PEREZ VARELA (plenamente identificado en autos), al comprobarse en esta Alzada, que logro probar sus alegatos. Así se establece.-
REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en fecha 21 de marzo de 2013, que declaró parcialmente con lugar la acción intentada, en o.....