la actora de autos ciudadana ANABEL HERNANDEZ SIERRA, ampliamente identificada en autos y debidamente asistida por la procuradora especial de trabajadores abogada FABRICIANA NARVAEZ; inscrita en el Ipsa bajo el No. 102.556, manifiesta; "acepto recibir la ofertada suma los cuáles con relación a la pretensión satisfacen los conceptos que por las prestaciones sociales me corresponden" representados por las; VACACIONES y BONO VACACIONAL FRACCIONADO. Las no disfrutadas, UTILIDADES, PRESTACION DE ANTIGÜEDAD, INTERESES SOBRE PRESTACIONES E INTERESES DE MORA, INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO, y cualquier otro concepto derivado de la relación de trabajo que existió entre las partes como son las horas extraordinarias, días de descanso, y día feriados. El Tribunal visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara terminado el presente procedimiento y le imparte la homologación al acuerdo suscrito por las partes .....