En razón de lo anteriormente expuesto este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de REIVINDICACION, presentada por la ciudadana MARIA ELENA LEON MEDRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.869.489, a través de sus apoderados judiciales abogados WADEA ABOU KHEIR y REINALDO JOSE RODRIGUEZ SOJO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 146.579 y 93.186, contra el ciudadano ROBERTO PIERIBONI SILVA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-20.700.110. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
REGISTRESE, PUBLIQUESE, Y DEJESE COPIA.