Se declara: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda intentada por la ciudadana IRENE GUIOMAR TRAVIESO PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-3.491.424, actuando en su carácter de apoderada de la ciudadana IRIS PATRICIA FLORES TRAVIESO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V-9.822.046, asistida por la abogada OLGA PRICILA VELASQUEZ PARRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 116.206, contra el ciudadano CARLOS EDUARDO SANCHEZ MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V- 13.514.336, por DESALOJO. Y ASI SE DECIDE