DECISIÓN
En orden a los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de dictar sentencia considera después de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente expediente; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda; en consecuencia procedente el DESALOJO incoado por la Sociedad Mercantil : INVERSIONES SAMARO, C.A., debidamente inscrita por ante la Oficina de Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, bajo el N° 60, tomo 283-A, en fecha 18-11-2005, modificada por ante el mismo registro bajo el N° 5, tomo 376-A, en fecha 30-09-2009, mediante su Apoderado Judicial MIGUEL FRANCISCO MUGNO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.888.299 e Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 87.13.....