En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSE R. VARGAS SANCHEZ, actuando en su carácter de apoderado judicial del demandante HENRY RAFAEL GRATEROL HERNANDEZ.
PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación planteado por la apoderada judicial de la demandada COMPAÑÍA ANONIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELECTRICO (CADAFE), abogada MARIANELA MORA BRACHO.
MODIFICA la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello en fecha 02 de agosto de 2011.
PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por diferencia de prestaciones sociales, incoada por el ciudadano HENRY RAFAEL GRATEROL HERNANDEZ, contra la e.....