Vista la solicitud de Redención de Pena por Trabajo y Estudio presentada por el penado MARTINEZ ERASMO JOSE, titular de la cédula de identidad N° 3.603.042 así como los recaudos que la acompañan, este Tribunal pasa ha decidir en los siguientes términos: PRIMERO: En fecha 10-07-01 fue condenado el ciudadano MARTINEZ ERASMO JOSE, antes identificado, por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, así como las penas accesorias de ley. SEGUNDO: Se ejecutó sentencia condenatoria en fecha 30-08-01, por este Tribunal, verificándose que el penado antes identificado, había sido detenido preventivamente en fecha 16-11-00 por lo que lleva detenido hasta la presente fecha CINCO (05) AÑOS, UN (01) MES Y ONCE (11) DÍAS, evidenciándose que le falta por cumplir DOS (02) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y DIECINUEVE (19) DIAS; Ahora bien, seg.....