Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: IMPROCEDENTE la tutela cautelar requerida por FORD MOTOR DE VENEZUELA, C.A. con motivo del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto contra la 1093 de fecha 10 de Octubre de 2011, dictada por la Inspectoría del Trabajo "Cesar Pipo Arteaga" de los Municipios Autónomos Naguanagua, San Diego y Valencia del Estado Carabobo