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DECISIÓN
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por desafecto fundamentada en la sentencia N° 1070 de fecha de 09 de diciembre del año 2016, formulada por la ciudadana ROSA MARÍA ORTEGA MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.751.246, de este domicilio, asistida por la abogada HILCIA ESTHER HEREDIA PARRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 190.296; de la unión conyugal que mantiene con el ciudadano RAFAEL ANIBAL MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.097.472, de este domicilio.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL.....