VI
DECISIÓN. DECRETO DE TITULO SUPLETORIO AGRARIO.
Por lo antes expuesto, visto que en el presente tramite, durante la oportunidad fijada por este Tribunal para el traslado, se pudo constar la ocupación y existencia física de bienhechurias agrícolas, y en atención al contenido de las declaraciones emitidas por los testigos evacuados, este Tribunal en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara que tales diligencias resultan suficientes para decretar el TITULO SUPLETORIO de POSESIÓN TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor de la ciudadana BENILDE JOSEFINA PEREZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 7.083.768; domiciliada en un lote de terreno ubicado en la parcela S/Nº, del sector Campo de Carabobo, calle Sucre, jurisdicción de la Parroquia Independencia, Municipio Libertador del Estado Carabobo, sobre las bienhechurias consistentes en Una casa con porche de platabanda, sala, un corredor que conduce a cuatro (04) .....