En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada DULCE NORIS MONTES CARRILLO, en su carácter de parte demandante, debidamente asistida por el abogado JESUS BELANDRIA, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 17.612, al comprobarse en esta Alzada, que no logró probar sus derechos y defensas. Así se establece.
CONFIRMA la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en fecha 09 de abril de 2012, que declaró Sin Lugar, la demanda por ajuste de pensión de jubilación, incoada por la ciudadana DULCE NORIS MONT.....