Por lo tanto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, declara conforme a los autos y de acuerdo a lo señalado en los artículos 822, 823 y 824 del Código Civil, a los ciudadanos MARIA DE LOS SANTOS FARIAS BORREGALES, NERIO RAMON LOPEZ FARIAS y DARWIN ALBERTO LOPEZ FARIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-7.550.070, V.-18.106.471 y V.-19.891.453, respectivamente, en su carácter de concubina la primera y de hijos los siguientes, Único y Universal Heredero de su común causante, el ciudadano ELBERTO GREGORIO LOPEZ SEQUERA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-7.168.356, quien falleció ab intestato en fecha 24 de Julio del año 2.013 en la Parroquia San José del Municipio Valencia del Estado Carabobo, declaración que se hace con todos los derechos y atr.....