DECISION
Sobre la base de los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la correspondiente homologación al desistimiento efectuado en la solicitud de Entrega Material, interpuesta por la ciudadana IVITT DAYANA GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.848.492 y de este domicilio contra el ciudadano ITALO SALVADOR FURNERI NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.106.005; hágase entrega a la parte actora de los documentos originales solicitados, insertos a los folios 3, 4, y 5, y déjese en su lugar copia fotostática certificada de los mismos.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a un (01) día de Febrero de 2008. Siendo las 02:35 de la tarde. Años 197° de la Independencia y 148° de la F.....