este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. Publiquese y Registrese la presente decisión.-. Se deja expresa constancia de la comparencia de la parte demandada en la persona de sus apoderados judiciales LEONCIO LANDAEZ y CESAR UZCATEGUI I.P.S.A. No. 102.460 y 115.571 según consta en poder autenticado en la Notaría Pública Sexta de Valencia en fecha 31/01/2007 No. 52, tomo 17 el cual consigna previa certificación. A todo evento la representación judicial de la parte demadada consigna escrito de pruebas contentivo de tres (03) folios útiles y Anexos identificados: A, de a B a la B2, C, D, de la E 1 a la E 9, de la F 1 a la F 8, de la G 1 a la G 29, H 1 a la H 6.
La Juez
La Secretaria
Abg LOREDANA MASSARONI
Abg. GLADYS .....