Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE la presente demanda por Resolución de Contrato de Compra Venta (vivienda), interpuesta por el ciudadano Ronny Alexis Arana Guevara, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 8.6058.495, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado Héctor Ibrahin Hernández Navarro, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 118.320, contra la ciudadana Cira Tibisay Mijares, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.601.193, en virtud de que la misma es contraria a la ley, en específico contraria a lo establecido en los artículos 5 y 10 del Decreto Nº 8.190 Co.....