´PRIMERO: SE DECLARA INADMISIBLE, la solicitud de TITULO SUPLETORIO, interpuesta el ciudadano GINNY JOSE DELFINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.883.664 y de este domicilio, debidamente asistido por la Abogada SOLEIDI VILLASANA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 269.935. SEGUNDO: Se ORDENA el desglose y la devolución al solicitante, de los documentos originales consignados, dejándose en su lugar copias de los mismos certificadas por secretaría, una vez quede firme la presente decisión. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. ASÍ SE DECLARA Y DECIDE.- ´