IV
DECISIÓN
En razón de lo expuesto considera este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ADMISIBLE el Recurso Extraordinario de Casación, anunciado por la abogada ZORKA RAQUEL CARBONELL RANKOVICH, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.520.542, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 93.492, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano WILFREDO JOSÉ CAPODACQUA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.081.320, parte demandada, en fecha diecisiete (17) de junio de 2026, contra la sentencia dictada en fecha diecinueve (19) de diciembre de 2025.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de despacho del JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICI.....