Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) incoada por el ciudadano GERMAN ROMERO MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-4.361.040, asistido por el Abogado ANDRES ELOY SIERRA MONSALVE, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 23.306, incoa demanda de DIVORCIO (DESAFECTO) en contra de la ciudadana LIGIA DINORA VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de V-4.557.291, y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo.
2. SEGUNDO: Se acuerda librar los oficios .....