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DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: LA PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL comprendido en el recurso de apelación interpuesto por la parte querellante ciudadanos SANDRA COROMOTO ABREU LÓPEZ, SIMÓN ROMULO CAMILO ABREU Y NANCY ELENA LÓPEZ DE ABREU y en consecuencia, queda firme la sentencia dictada el 09 de marzo de 2004 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; que declaró sin lugar la querella interdictal por despojo.
No hay condena en costas procesales dada la naturaleza de la presente decisión.
Se ordena remitir el presente expediente al tribunal de origen en la oportunidad correspondiente.
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