´III
DECISIÓN
En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Declara: CON LUGAR la Demanda de Divorcio por RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN Y EL DESAFECTO entre los Ciudadanos: DIVIANA DEL CARMEN ARIAS ALVAREZ Y JOHAN DE JESUS SIMANCA RAMOS, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 22.459.889 y N° V- 17.939.168, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los mismos contrajeron en fecha Cuatro (04) de Mayo del Año Dos Mil Doce (2012), por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según Acta Nº 075, Tomo I, Folio 075, del año 2012.
Publíquese, regístrese de conformidad con lo establecido en la resolución Nº 001-2022 de la Sala de Casació.....