´III
Dispositiva
Por todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por por el ciudadano José Alberto Egurrola Morillo, titular de la cédula de identidad No. V 10.253.721
SEGUNDO:DISUELTO el vínculo matrimonial que lounía conla ciudadana Rorelys Carolina Peraza Sánchez, titular de la cedula de identidad No V- 14.849.479, y que fuera contraído en fecha 25/02/1994,por ante el Registro Civil del Municipio Puerto Cabello, tal como consta en acta asentada bajo el acta No. 12, Folios Nros 32,33,34, Tomo I, año 1994.
Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia en el copiador de Sentenc.....