En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por el Ciudadana ALIX MILANGEL WALO BUSTAMANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-28.232.914, y de este domicilio, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARIE ELISA COLINA SIERRAALTA, venezolana, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el número I.P.S.A Nro. 196.911; a tenor de lo dispuesto en la sentencia N° 1070 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 09 de diciembre de 2016, con .....