DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por la ciudadana NERVI MARIA QUERALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.596.452 y de este domicilio, asistida por el abogado ENZO TORREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 320.545, actuando en su carácter de Asistente Jurídico Voluntario, en la Jornada de TRIBUNAL MÓVIL celebrada los días 11 y 12 de noviembre de 2026; contra el ciudadano JOSE ENRIQUE PORTILLO CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.668.250. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha 03 de noviembre de 1984, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, según acta de matrimonio N° 44, Tomo I, Folio 69, año 1984, Parroquia Tacarigua. SEGUNDO: SE ORDENA la ejecución de la presente sentencia; a tal efecto, líbrense oficios al Registro Civil donde se efectuó el matrimonio y al R.....