III
Dispositiva
Por todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano FRESKYS ALBERTO CAMPOS CORREA, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad No. V-14.379.648, asistido por la abogada ARACELYS ALDAMA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 264.924. SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que lo unía a la ciudadana ciudadana BETTY MARÍA COLINA MONDRAGON, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad No. V-13.333.591 y que fuera contraído en fecha 24 de enero de 1998, por ante el Registro Civil del Municipio Juan José Mora del estado Carabobo, según se evidencia de acta matrimonio insert.....