Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana Solimar Carolina De Abreu Danobrega, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.524.298, asistida por la abogada Marlene Pulido, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 24.305.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que la unía al ciudadano Lino Tito Pereira Soares, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.251.688, y que fuera contraído en fecha 09 de noviembre de 2018, por ante el Registro Civil de la Parroquia Juan José Flores, Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo, tal como co.....