I
NARRATIVA
En fecha once (11) de Marzo de 2026, previa habilitación del tiempo necesario de las actuaciones realizadas a través del Programa Social Tribunal Móvil de la Escuela Nacional de la Magistratura, se recibe Demanda de DIVORCIO POR DESAFECTO 1070; presentada por la Ciudadana: MARÍA ELENA RODRÍGUEZ, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-11.353.621, domiciliada en Guacara, Estado Carabobo, asistida por la Abogada en ejercicio: ANA ZANOTTY, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 95.759; resultando este Tribunal Competente para conocer la presente Demanda, de conformidad con la Resolución Nº 2014-0009; emanada del Tribunal Supremo de Justicia, el demandante pide que se declare disuelto el Vínculo Matrimonial que le une con el Ciudadano: IVAN ANTONIO SÁNCHEZ SEVILLA, Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad V-7.021.497, domiciliado en Trujillo. Contrajeron Matrimonio Civil en fecha 24/01/1992, ante la Primera Autoridad Civil del Munic.....