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DECISIÓN
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, intentada por la ciudadana VANESSA CAROLINA GUERRA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.790.900, domiciliada en Calle Primero de Mayo N° 25 del sector la Democracia, parroquia Mariara, municipio Autónoma Diego Ibarra, estado Carabobo, asistida por la abogada JENNY RAMIREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 153.362, de este domicilio.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese y regístrese de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimien.....