Por todas las razones de hecho expuestas y cumplidos todos los extremos de la ley, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUNAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO administrando justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el divorcio de los ciudadanos JASMIN ASTRID MARIN CORREA y JAIME RAMON BOCOURT CHIRINOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.771.064 y V-18.605.411, ambos de este domicilio, respectivamente, y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo Matrimonial que los unía entre sí, según acta de matrimonio insertada en los libros de matrimonio llevados por ante la Civil por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Miguel Peña, del Municipio Valencia, del estado Carabobo, en fecha cuatro (04) de septiembre del 2003, según consta en Acta de Matri.....