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DECISIÓN
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, intentada por la ciudadana VANESSA YOLAINNY ARIA VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-27.355.684, de este domicilio, debidamente asistida por la abogada KLEIDY PEREIRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 180.227; en contra de la ciudadana, MIRNA JOSEFINA SUAREZ DÍAZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-9.683.994, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de la referida decisión, se .....