Por todos y cada uno de los razonamientos expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho, en virtud de los argumentos esgrimidos, declara: EL CESE INMEDIATO DE LA REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD MERCANTIL INMOBILIARIA S.D. TORRE, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha 07 de abril de 2003, bajo el N° 18, Tomo 15-A, POR PARTE DEL DEFENSOR AD LITEM (JUDICIAL) designado abogado DAVID ALEJANDRO VALLES QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.503.845 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 121.549, y en consecuencia, se tiene como parte del proceso a la SOCIEDAD MERCANTIL INMOBILIARIA S.D. TORRE, C.A., inscrita por ante el Registro M.....