II
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas delos MunicipiosValencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO:EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, POR PERDIDA DE INTERESy en consecuencia, terminado el procedimientoiniciado comodemanda deRECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, presentadapor el ciudadanoANTONIO ENRIQUE AMATO ROJAS,venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-7.091.236, asistido por el abogado en ejercicio ALIRIO RUIZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.86.293.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo, en Remítase al archivo judicial en la oportunidad correspondiente.
Notifíquese a la parte demandante.
Publíquese, regístrese, Déjese copia
Dado, firmad.....