II
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, POR PÉRDIDA DE INTERÉS y en consecuencia, terminado el procedimiento iniciado como solicitud de NOTIFICACIÓN JUDICIAL, presentada por la ciudadana BLANCA CECILIA CHACON PEÑA, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.276.580, en su carácter de Gerente de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE GAMA, C.A., y asistida en este acto por el abogado PEDRO ALEJANDRO MORENO ALONSO, inscrito en el I.P.S.A. Nro. 48.973.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo, en concordancia con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. Remítase al archivo jud.....