Por todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana Rosangel Elizabeth Moncada Colina, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 11.748.026, mediante su apoderado judicial abogado Gustavo Adolfo Ferrero fragoza, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº. 135.519.
SEGUNDO: Disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Rosangel Elizabeth Moncada Colina y Osdelvis Olivera Herrera, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V.- 11.748.026 y E.- 112.183, respectivamente, en fecha 30/05/2014, por ante el Registro.....