III
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente Juicio de DIVORCIO POR DESAFECTO, incoado por el ciudadano JULIO ABRAHAM ARTEAGA LUGO, de este domicilio, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-11.808.770, debidamente asistido por el abogado BRYANN ALEJANDRO MORALES RADA, Defensor Público Provisorio Cuarto (4°), con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y ampliación de competencia en materia Civil, Mercantil, y Tránsito, por ante la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, cargo adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Carabobo según Resolución Nro. DDPG-2020-237.....