´III.- DISPOSITIVA
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN MARIARA, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la demanda contentiva de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por la ciudadana MARISOL DEL CARMEN FIGUERA RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.628.299, representada por el apoderado judicial MANUEL ANTONIO TOVAR LAYA, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 168.624, en la cual solicita que el Tribunal decrete la disolución del vínculo conyugal que la une al ciudadano EVENCIO JOSÉ CONTRERAS CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.228.346. En consecuencia, SE DECLARA disuelt.....