En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO; Administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION presentada por el Ciudadano ANTONIO MANUEL DE JESUS GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-32.173.680 y de este domicilio, debidamente asistido por la abogada VIOLETA RODRIGUEZ SEQUERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 95.770,. SEGUNDO: SE ORDENA la rectificación del Acta de Defunción, signada con el Nº 118, Tomo I, del Año 2025, inserta en los Libros, llevados por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Miguel Peña, Municipio Valencia, .....