Por todos y cada uno de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PROCEDENTE EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO formulado por la parte actora, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA) por CONDOMINIO RESIDENCIAS MANDALAY SUITES protocolizado ante la oficina de registro Público del primer circuito del Municipio Valencia del estado Carabobo, en fecha 13 de junio de 2008, bajo el Nro. 31, tomo 51, protocolo único, Rif: J-297915796, a través de su administradora, ciudadana ANDREINA BEATRIZBERTRAN JURADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.154.370, debidamente asistida por la Abogada LILIBETH MOLINA LUQUES, inscrita en el Inpreabogado.....