´Por todos los argumentos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda que por DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por los ciudadanos CARMEN EDESIA RAMIREZ MONTESINOS Y ISMAEL ANTONIO GOMEZ MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.100.521 y V-8.055.741, respectivamente y ambos de este domicilio, representados en este acto por el abogada AMERICA TABATA MARIN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 283.243, respectivamente. SEGUNDO: No se condena en costas a la parte inactiva, a tenor de lo previsto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Notifíquese a la parte.....