REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADOCARABOBO.
Valencia, 06 de mayo de 2026
216° y 167°
SOLICITUD N° 11297-2026.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
SOLICITANTE(S): Ciudadano WINDER MICHAEL ESCALONA AGUILAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.774.241, y de este domicilio
ABOGADO ASISTENTE: JOSE MIGUEL SANCHEZ TORREALBA inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 155.502.
Vista la solicitud presentada por el Ciudadano WINDER MICHAEL ESCALONA AGUILAR, ut supra identificado; junto a las documentales presentadas que corren insertas en autos, así como las declaraciones juradas de las ciudadanas: ENDER ALEXANDER FERNANDEZ ONTIVEROS y ANYELO DAVID LEON AGUILAR, titulares de las cédulas de identidad N°(s). V-23.477.549 y V-18.764.263, respectivamente; este Tribunal, como se pide y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTEMENTE DE PROPIEDAD sobre unas bienhechurías a favor de la Ciudadano WINDER MICHAEL ESCALONA AGUILAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.774.241, y de este domicilio, enclaustradas en un terreno ejido ubicado en la comunidad LA HERRERENA SECTOR LA HERREREÑA, AVENIDA PRINCIPAL EL LIBERTADOR CON CALLE PACO, CASA S/N, Parroquia Tocuyito Municipio Libertador del Estado Carabobo, en una un área total IENTO TREINTA Y UNO METROS, CON CURENTA DECIMETRO CUADRADOS. (131,40 Mts2); y la construcción de la bienhechuría de OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (84,00 Mts2). consta de unos linderos distribuidos de la siguiente manera; NORTE: En 14.60 Mts, Con Bienhechurías que son o fueron de Digna Aguilar. SUR: En 14.60 Mts Con Avenida Principal El Libertador, ESTE: En 9,00 Mts, Con Bienhechurías que son o fueron de Patricia Garcia, y OESTE: En 9,00 Mts, Con Calle Paco que es su Frente. Así pues, han construido con dinero de su propio peculio, unas bienhechurías CASA ESTRUCTURA DE CONCRETO, PAREDES DE BLOQUES DE CEMENTO FRISADO, PISOS PULIDOS, TECHO DE ZINC. VENTANAS BASCULANTES CUATRO (04), PUERTAS METALICAS DOS (02). HABITACIONES TRES (03), BAÑOS UNO (01), AMBIENTES: SALA, COCINA, COMEDOR. Siendo estimada dichas bienhechurías en la cantidad de VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 25.850,00). moneda vigente para la fecha de interposición de la solicitud. Devuélvase originales de todas las actuaciones que conforman esta solicitud.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la sala de despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. Valencia, 06 de mayo de 2026.-
LA JUEZA PROVISORIA.
ABG. YELITZA CARRERO
LA SECRETARIA
ABG. SILVIA PATRICIA CURVELO.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. –
LA SECRETARIA
YCR/SPCC/wdgp.