TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, Veinticuatro (24) de Marzo de 2026
215° y 167°

SOLICITANTE: YUSELI YUSMARI BASTIDAS PEÑA y YENNY MARGARITA BASTIDAS PEÑA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-16.443.273 y N° V-16.657.030, respectivamente, asistidas por el abogado JUAN CARLOS ROMERO REYES, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 144.367
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES (PERPETUA MEMORIA).
SENTENCIA: DEFINITIVA.

EXPEDIENTE: 10.391

I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha seis (06) de Octubre de 2025, ante el Juzgado Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, por los ciudadanos YUSELI YUSMARI BASTIDAS PEÑA y YENNY MARGARITA BASTIDAS PEÑA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-16.443.273 y N° V-16.657.030, respectivamente, asistidas por el abogado JUAN CARLOS ROMERO REYES, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 144.367, en la cual solicita sean declaradas, en su condición de “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus, NICOLAS BASTIDAS BAPTISTA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-5.203.240, quien falleció ab-intestato en fecha diecisiete (17) de Junio de 2021, según consta en Acta de Defunción N° 310, Folios 064 Frente y Vuelto, Tomo II, Año 2021, emitida por la Oficina del Registro Civil del Municipio San Diego del Estado Carabobo, y quien fuera padre de la ciudadana YUSELI YUSMARI BASTIDAS PEÑA, antes identificada, según consta en Acta de Nacimiento N° 141, de fecha siete (07) de Marzo de 1984, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suarez del Municipio Libertador del Estado Merida, así como de la ciudadana YENNY MARGARITA BASTIDAS PEÑA, antes identificada, según consta en Acta de Nacimiento N° 900, de fecha veintisiete (27) de Noviembre de 1985, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suarez del Municipio Libertador del Estado Merida. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuados los testigos, ciudadanos: FABRICIO JESUS MIRANDA LEDEZMA y ALEXANDRA MARÍA BASTIDAS PINTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-26.613.836 y N° V-12.102.982, respectivamente, por ante este mismo Juzgado promovidos por el solicitante y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” y en consecuencia declara conforme a los autos, a las ciudadanas YUSELI YUSMARI BASTIDAS PEÑA y YENNY MARGARITA BASTIDAS PEÑA, up supra identificadas, en la condición de herederos del de-cujus, NICOLAS BASTIDAS BAPTISTA, up supra identificado. Dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO. En Valencia, veinticuatro (24) días del mes de Marzo del año dos mil veintiséis (2026). Años 215° de la Independencia y 167° de la Federación

LA JUEZ PROVISORIO,


Abg. ISBEL ALEXANDRA REYES DIAZ.

LA SECRETARIA TEMPORAL


ABG. GIANNY K. PEREZ B.
En la misma fecha se le cumplió con lo ordenado en el auto anterior, se devolvió la presente solicitud, constante de Veinticinco (25) folios útiles.-
LA SECRETARIA TEMPORAL




Sol.: 10.391
IARD/GKPB/rpr