TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
DICTA LA PRESENTE
SENTENCIA DEFINITIVA
Guacara 06 de julio del 2026.-
216 ° y 167°
SOLICITANTE: JOEL ANTONIO PERDOMO, CONTRA: SUHELIS JEANETTE GIMENEZ AVILA , venezolanos, mayores de edad, Cédulas de Identidad N° V-13.493.044 y V-12.611.679, respectivamente.
ABOGADA ASISTENTE:
ANA ZANOTTY, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 95.759.
MOTIVO:
EXPEDIENTE: DIVORCIO POR DESAFECTO. -
9005-

Se recibe la presente solicitud de fecha 11 de marzo del Dos Mil Veintiséis 2026, por Jornada del Tribunal Móvil realizada en el Municipio Guacara Estado Carabobo, con ocasión a solicitud presentada por el ciudadano: JOEL ANTONIO PERDOMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nº V-13.493.044 , asistido por la abogada ANA ZANOTTY, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 95.759, contra la ciudadana SUHELIS JEANETTE GIMENEZ AVILA, venezolana mayor de edad titular de la cedula de identidad nº V-12.611.679. Manifestó el solicitante la perdida de afecto y estar separados de hecho desde la fecha 13/03/2020.Y por esos motivos con fundamento y conforme a lo previsto en la sentencia 1070 de fecha 9 de diciembre de 2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia proferida por la sala constitucional del máximo Tribunal. En la misma
Fecha 11/03/2026, se le da entrada a la presente solicitud y se registra en el libro respectivo bajo el nº 9005.
En fecha 19/03/2026, el tribunal insta a la parte solicitante a consignar Copia de la cedula de identidad de la ciudadana SUHELIS JEANETTE GIMENEZ AVILA (cónyuge), Actas de Nacimiento legibles de las ciudadanas: JOSELIS ADRIANYELA PERDOMO GIMENEZ Y JOHELIS PERDOMO GIMENEZ (hijas).

En fecha 19/03/2026, comparece ante este tribunal el ciudadano JOEL ANTONIO PERDOMO, antes identificado y solicita se oficie al SAIME con el fin de que suministren Datos Filiatorios de la ciudadana SUHELIS JEANETTE GIMENEZ AVILA.
En fecha 23/03/2026, el Tribunal acuerda emitir oficio al SAIME a fin de certificar datos Filiatorios de la ciudadana SUHELIS JEANETTE GIMENEZ AVILA, antes identificada, se designa correo especial al ciudadano JOEL ANTONIO PERDOMO, plenamente identificado.
En fecha 27/03/2026, comparece ante este tribunal el ciudadano JOEL ANTONIO PERDOMO, antes identificado consigna las Actas de Nacimiento de las ciudadanas JOSELIS ADRIANYELA PERDOMO GIMENEZ Y JOHELIS PERDOMO GIMENEZ (hijas), y retira oficio dirigido al SAIME, en virtud de ser designado Correo Especial.
En fecha 14/05/2026, comparece ante este tribunal del ciudadano JOEL ANTONIO PERDOMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nº V-13.493.044 y consigna Copia de la cedula de identidad de la ciudadana SUHELIS JEANETTE GIMENEZ AVILA, anteriormente solicitada, y consigna una diligencia donde la ciudadana SUHELIS JEANETTE GIMENEZ AVILA, antes identificada está de acuerdo con la presente solicitud.
En fecha 20/05/2026 se admite la presente solicitud, se ordena la citación de la ciudadana SUHELIS JEANETTE GIMENEZ AVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nº V-12.611.679 a través de los medios telemáticos y la notificación a la Fiscal del Ministerio Publico en materia de familia.
En fecha 25/05/2026, el tribunal deja constancia de haber practicado la citación de la ciudadana: SUHELIS JEANETTE GIMENEZ AVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nº V-12.611.679, a través de los medios telemáticos, siendo efectiva la misma.
En fecha 09-06-2026 se deja constancia de haber notificado al fiscal del Ministerio Publico.
Tramitada convenientemente la litis y no observando este Tribunal causa alguna que invalide lo actuado, se pasa a sentenciar conforme a las siguientes consideraciones:
En el presente caso, aprecia quien aquí decide que se han cumplido los requisitos procedimentales según la Sentencia 1070 de fecha 9 de diciembre de 2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia proferida por la sala constitucional del máximo tribunal, por lo que de acuerdo con la citada disposición y siendo suficientes los documentos producidos al efecto, resulta forzoso para este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, formulada por el ciudadano: JOEL ANTONIO PERDOMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nº V-13.493.044 , asistido por la abogada ANA ZANOTTY, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 95.759, contra la ciudadana SUHELIS JEANETTE GIMENEZ AVILA, venezolana mayor de edad titular de la cedula de identidad nº V-12.611.679.
En consecuencia, queda DISUELTO el vínculo Matrimonial que los unía desde el día Treinta (30) de diciembre del año Mil Novecientos Noventa y Ocho (1.998), contraído por ante el Registro Civil del Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo. Dentro de la unión Matrimonial procrearon Dos (02) hijas de nombres: JOSELIS ADRIANYELA PERDOMO GIMENEZ Y JOHELIS PERDOMO GIMENEZ (hijas), actualmente mayores de edad según consta en las copias de sus cedulas de identidad. En caso de existir bienes liquídese la Comunidad Conyugal. La fiscal que conoció del presente procedimiento no se pronunció en el lapso legal correspondiente. Publíquese y déjese copia en el archivo. Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho en Guacara, a los Seis (06) días del mes de julio del Año Dos Mil Veintiséis (2026). Años: 216º de la Independencia y 167° de la Federación. –



LA JUEZ PROVISORIO LA SECRETARIA


ABG. YASMILA DEL C. FARIAS ABG. MIRLENE N. MENDOZA S.



En la misma fecha y siendo las Nueve Cincuenta y Uno (09:51 a.m.) de la mañana se dictó la anterior
Sentencia.















LA SCTA.-
EXP 9005.-
YF/MM/FS*.-