REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, dieciséis (16) de julio de 2026.- 216º y 167º

SOLICITANTE(S): VICTOR RAFAEL PERFETTI VALENZUELA, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V-14.915.099
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES (PERPETUA MEMORIA).
SENTENCIA: DEFINITIVA.

EXPEDIENTE: 10501

I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha tres (03) de junio de dos mil veintiséis (2026), por el ciudadano VICTOR RAFAEL PERFETTI VALENZUELA, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V-14.915.099, actuando en su propio nombre y representación de sus hermanos ciudadanos EMIL JOSEFINA PERFETTI VALENZUELA y EMILIO JOSÉ PERFETTI VALENZUELA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.915.100 y V-19.021.108 respectivamente, debidamente asistida por la abogada GRISEL SANGRONI, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 305.148, en la cual solicita sea declarada en su condición de hijos como “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus, CESAR EMILIO PERFETTI CAVALLERI quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.: V-3.283.701 de este domicilio, quien falleció ab-intestato, en fecha 30/05/2016, Acta Nº 334, Tomo II, Año 2016, Oficina del Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Valencia del Estado Carabobo. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuados los testigos, ciudadanos JOA JESÚS RODRIGUEZ BIRGUES Y MARIA JOSÉ JIMENEZ GÓMEZ venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad signadas V-26.508.063 y V-25.090.657 respectivamente, por ante este mismo Juzgado promovidos por los solicitantes y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos VICTOR RAFAEL PERFETTI VALENZUELA, EMIL JOSEFINA PERFETTI VALENZUELA y EMILIO JOSÉ PERFETTI VALENZUELA ut supra identificados como “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” en la condición de hijos del de-cujus, CESAR EMILIO PERFETTI CAVALLERI quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.: V-3.283.701, de este domicilio, quien falleció ab-intestato, en fecha 30/5/2016, Acta Nº 334, Tomo II, del Año 2016, Oficina del Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Valencia del Estado Carabobo. Dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.-
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO. En Valencia, dieciséis (16) día del mes de julio del año dos mil veintiséis (2026). Años 216° de la Independencia y 167° de la Federación

.- LA JUEZ PROVISORIO,


Abg. ISBEL ALEXANDRA REYES DIAZ.
LA SECRETARIA TITULAR


ABG. GIANNY K. PEREZ B.
En la misma fecha se le cumplió con lo ordenado en el auto anterior, se devolvió la presente solicitud, constante de veintiuno (21) folios útiles.-
LA SECRETARIA TITULAR


Sol.: 10501.
IARD/gkpb/vals.