TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

DEMANDANTE: MARTHA CAROLINA GUZMÁN ASTUDILLO

ABOGADO: ELIS PINTO

INPREABOGADO: 199.941

DEMANDADO: JUAN MIGUEL GUZMÁN

MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA

EXPEDIENTE Nº: 640-25

SENTENCIA: DEFINITIVA
I
NARRATIVA

En fecha Veintiocho (28) de Julio del 2025, fue recibida del Tribunal Distribuidor Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo Demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, presentada por la Ciudadana: MARTHA CAROLINA GUZMÁN ASTUDILLO, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.000.908; asistida por la Abogada en ejercicio: ELIS PINTO, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 199.941. En fecha Trece (13) de Agosto del 2025 inserta se admite (f-12), y se ordenó la Citación de la parte Demandada al Ciudadano: JUAN MIGUEL GUZMÁN, Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.573202, para que comparezcan dentro de los Cinco (05) días de Despacho siguiente a que conste en autos su Citación para la Audiencia Oral, en caso contrario deberá dar contestación, a la Demanda dentro de los Veinte (20) días de Despacho siguientes que coste en auto la citación.
En fecha Diez (10) de Diciembre del 2025, el Alguacil diligencio consignando la Boleta de Citación firmada por la parte demandada, quedando legalmente citado.
En fecha Diecinueve (19) de Diciembre del 2025, se realizó Audiencia, se levantó acta. Inserto (f-15).
En razón del RECONOCIMIENTO DEL INSTRUMENTO PRIVADO efectuando su ratificación de reconocimiento en el mismo acto, pasa esta juzgadora a resolver la presente Demanda, para lo cual previamente observa: La parte actora suscribió un documento privado de Contrato de Compra-Venta con el Ciudadano: JUAN MIGUEL GUZMÁN, Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.573.202, domiciliado en: Sector El Remate, Calle Principal, Casa Nro. 52-1, Municipio San Joaquín Estado Carabobo, mediante el cual Cedió y Traspaso Un (01) inmueble Constituido por una Casa distinguida con el Nº de Casa 52-1, Ubicada en el Sector El Remate, Calle Principal, Municipio San Joaquín Estado Carabobo. Propiedad del Ciudadano anteriormente identificado, según consta en Documento Notariado de Compra-Venta del inmueble de fecha 06/08/1991, bajo el Nº 27, Tomo 72 en los Libros llevados en la Notaria Publica de Guacara inserto (f-10).
Por todo lo ante expuesto es por lo que procedió a Demandar al Ciudadano: JUAN MIGUEL GUZMÁN antes identificado, para que reconozca su contenido y firma en el Documento Privado de Contrato de compra-venta.