REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 7 de Enero de 2026
215° y 166°
Vista la solicitud presentado por el ciudadano HERMES JESUS ABREU LUZARDO, venezolano mayor de edad, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.54.782 quien fue designado como APODERAO JUDICIAL de la SOCIEDAD DE COMERCIO PROMOTORA 70-40-90 C.A., por INSPECCION JUDICIAL, el cual se recibió su distribución en fecha 27 de septiembre del 2025, por ante el Tribunal (distribuidor) fue presentada para Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de esta Circunscripción Judicial, y de conformidad con la Resolución Nro. 05-2020, de fecha 05 de octubre de 2020, dictada por la Sala de Casación Civil, del Tribunal Supremo de Justicia, relacionado a lo correspondiente al despacho virtual, se le da entrada bajo el Número 10178-2019 (Folio 03), en fecha 07 de octubre de 2019, y siendo que la parte nunca compareció por ante este Juzgado a consignar la solicitud junto a sus recaudos es por lo que, en virtud de las consideraciones antes expuestas este JUZGADO CUARTO MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO; NIEGA LA ADMISIÓN POR ABANDONO DE TRAMITE. Presentada por el referido ciudadano. En consecuencia, este Tribunal da por terminado el presente procedimiento, se acuerda su archivo definitivo y ordena su remisión al Archivo Judicial en la oportunidad correspondiente.-
LA JUEZA PROVISORIA.
ABG. YELITZA CARRERO.
LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABG. SILVIA PATRICIA CURVELO.
Sol. N° 10247-2019.
YCR/SPCC/ammc.-
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