REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 09 de enero de 2026
215° y 166º
DEMANDANTE: KEVIN EDUARDO DE LA HOZ MORYS, titular de la cedula
de identidad Nro. V-25.939.886, asistido por el abogado
PASTOR TALLAVO, inscrito en el I.P.S.A.
Nro. 68.121.
MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO.
EXP. N° 4163.
DECISION: SENTENCIA DEFINITIVA.
En fecha 10 de noviembre de 2025, se le dio entrada en este Tribunal, escrito de demanda con motivo de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO incoada por el ciudadano KEVIN EDUARDO DE LA HOZ MORYS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-25.939.886, debidamente asistido por el abogado PASTOR TALLAVO, inscrito en el I.P.S.A. Nro. 68.121, quien señaló que en su ACTA DE NACIMIENTO, emitida por el Registro Civil de la Parroquia San Blas, El Socorro y Catedral del Municipio Valencia del Estado Carabobo, bajo el Nº 125, Tomo II, del año 2003, adolece de errores debido a que, el nombre de su madre, la ciudadana NELLYS DEL CARMEN MORYS LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V. 26.924.975, ya que para el momento de realizar el acta de nacimiento señalaron el nombre de su madre, aparece como: “NELLY DEL CARMEN MORYS LOPEZ”, cuando lo correcto es: “NELLYS DEL CARMEN MORYS LOPEZ”; asimismo, el nombre de su padre, el ciudadano JULIO EDUARDO DE LA HOZ CHARRIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V. 24.709.035, aparece como: “JULIO EDUARDO DE LA HOZ”, cuando lo correcto es: “ciudadano JULIO EDUARDO DE LA HOZ CHARRIS”.-
RECAUDOS ACOMPAÑADOS: A) Copia Certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano KEVIN EDUARDO DE LA HOZ MORYS, emitida por el Registro Civil de la Parroquia San Blas, El Socorro y Catedral del Municipio Valencia del Estado Carabobo, bajo el Nº 125, Tomo II, del año 2003. B) Copia simple de la cedula de identidad de la ciudadana NELLYS DEL CARMEN MORYS LOPEZ. C) Copia simple de la cedula de identidad del ciudadano JULIO EDUARDO DE LA HOZ CHARRIS. D)
Copia simple de la Gaceta Oficial Extraordinaria Nro.5.853, de fecha 09 de octubre de 2007. E) Copia simple de la Gaceta Oficial Extraordinaria Nro.5.769, de fecha 11 de mayo de 2005. F) Copia simple del Comprobante de Registro de Información Fiscal de la ciudadana NELLYS DEL CARMEN MORYS LOPEZ. G) Copia simple del Comprobante de Registro de Información Fiscal del ciudadano JULIO EDUARDO DE LA HOZ CHARRIS.
En fecha 12 de noviembre de 2025, se le da entrada al presente expediente.
En fecha 17 de noviembre de 2025, se dictó auto instando a la parte interesada a consignar copia fotostática de la cedula de identidad del ciudadano KEVIN EDUARDO DE LA HOZ MORYS.
En Fecha 19 de noviembre de 2025, comparece la parte accionante y consigna copia fotostática de la cedula de identidad del ciudadano KEVIN EDUARDO DE LA HOZ MORYS (folios 16 y 17).
En fecha 24 de noviembre de 2025, este Tribunal admite la causa y ordena librar cartel de emplazamiento y la notificación al Fiscal del Ministerio Público en la Materia, en esta misma fecha se libró Cartel.
En fecha 05 de diciembre de 2025, la ciudadana alguacil de este tribunal consigna diligencia haciendo constar la notificación del Fiscal del Ministerio Publico. -
En fecha 09 de diciembre de 2025, la parte demandante consigna diligencia haciendo constar la publicación del cartel de emplazamiento en el diario La Calle de fecha 05 de diciembre de 2025 (folios 23 y 24).
En fecha 10 de diciembre de 2025, se acuerda agregar en autos el cartel de emplazamiento consignado en fecha 05 de diciembre de 2025.
En fecha 18 de diciembre de 2025, se reciben resultas del Fiscal del Ministerio Publico sin tener nada que objetar (folio 26).
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DECISION: Siendo la oportunidad proveer sobre dicha la solicitud, el Tribunal pasa a considerar lo siguiente: En virtud de no haberse presentado oposición alguna, y siendo la oportunidad para dictar sentencia, de conformidad con el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil pasa a hacerlo en base a las consideraciones siguientes: conforme a los recaudos presentados por la solicitante los cuales se dan por reproducido, se estiman demostrados los hechos alegados en el escrito, por lo que esta juzgadora considera causa suficiente para declarar PROCEDENTE la Demanda de Rectificación requerida por el ciudadano KEVIN EDUARDO DE LA HOZ MORYS, ya identificado. En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena notificar a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San Blas, El Socorro y Catedral del Municipio Valencia del Estado Carabobo, así como a
la Oficina de Registro Principal del Estado Carabobo, a los fines de que se sirvan RECTIFICAR el Acta de Nacimiento del ciudadano KEVIN EDUARDO DE LA HOZ MORYS, en los siguientes términos: donde dice: “NELLY DEL CARMEN MORYS LOPEZ”. Debe decir: “NELLYS DEL CARMEN MORYS LOPEZ”; asimismo, donde dice: “JULIO EDUARDO DE LA HOZ”. Debe decir: “JULIO EDUARDO DE LA HOZ CHARRIS”; QUE ES LO CORRECTO; Y ASI SE DECIDE. -
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Valencia a los nueve (09) días del mes de enero de 2026.- Años 215° de Independencia y 166° de Federación. -
LA JUEZ PROVISORIO
ABG. ERLYVANIS CISNERO
LA SECRETARIA.
ABG. VICMARY LAGO
EXP 4163.
EC/VL/jamm.-
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