REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE
EL JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO CON COMPETENCIA EN EL ESTADO YARACUY.-
Valencia, 28 de abril de 2026
Años: 216° y 167°
Expediente Nro. 17.041
En fecha diecinueve (19) de febrero de 2025, compareció ante éste Juzgado Superior el ciudadano JOEL DE JESÚS ROBLES LEDEZMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.-14.714.286, debidamente asistido en este acto por el abogado en ejercicio EDULFO JOSÉ BERNAL CASTRO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 66.424, en su condición de Defensor Público Provisorio Segundo (2°) con competencia en materia Contencioso Administrativa del estado Carabobo, quien interpuso Querella Funcionarial contra la Decisión N° CDEC-103-2024, de fecha 28 de noviembre del 2024 y notificado en fecha 02 de diciembre de 2024, de la averiguación administrativa signada con la nomenclatura N° PMSD-ICAP-009-2024, emanado por el CONSEJO DISCIPLINARIO DEL ESTADO CARABOBO, en la que se destituyó al funcionario adscrito al INSTITUTO AUTÓNOMO MUNICIPAL POLICÍA DE SAN DIEGO.
En fecha veinticinco (25) de febrero de 2025, se le dio entrada y se anotó en los libros respectivos.
En fecha seis (06) de marzo de 2025, este Juzgado Superior dictó auto mediante el cual admitió la Querella Funcionarial y ordenó citar al DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO AUTÓNOMO MUNICIPAL POLICÍA DE SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO, y notificar al ciudadano SÍNDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO; al ciudadano ALCALDE DEL MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO; al PRESIDENTE DEL CONSEJO DISCIPLINARIO DEL ESTADO CARABOBO; al ciudadano MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ y al VICEMINISTRO DEL SISTEMA INTEGRADO DE POLICÍA (VISIPOL).
En fecha ocho (08) de julio de 2025, compareció el ciudadano CARLOS LUIS MÁRQUEZ LOMBANO, Alguacil de este Juzgado Superior a los fines de consignar las resultas del oficio de citación y oficios de notificaciones debidamente firmadas y selladas signados bajo los Nros. 0131, 0132, 0136, 0137, 0138 y 0139.
En fecha 22 de septiembre de 2025, el ciudadano Juez Superior ALFREDO JOSÉ SIVIRA PERDOMO, se abocó al conocimiento de la presente causa.
En fecha nueve (09) de marzo de 2026, compareció el ciudadano KENNY RAY RAMÍREZ VALECILLOS, Alguacil de este Juzgado Superior a los fines de consignar las resultas del oficio de citación y oficios de notificaciones debidamente firmadas y selladas signados bajo los Nros. 0446, 0447, 0448, 0449, 0450 y 0451.
En fecha diecisiete (17) de marzo de 2026, compareció el abogado MANUEL ANTONIO MENDES NAVAS, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 283.240, en su condición de Apoderado Judicial del INSTITUTO AUTÓNOMO MUNICIPAL POLICÍA DE SAN DIEGO, parte querellada, a los fines de consignar escrito de contestación a la presente Querella Funcionarial.
Ahora bien, por lo ut supra narrado, en aras de garantizar el debido proceso, la tutela judicial efectiva y la igualdad entre las partes, vencido como se encuentra el lapso para la contestación, procede este Juzgado Superior a fijar el acto de Audiencia Preliminar, para el quinto (5º) día de despacho, a las 11:00 de la mañana, tal y como lo establece nuestra legislación en el artículo 103 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, el cual señala: “vencido el lapso de quince días de despacho para la contestación, haya tenido o no lugar la misma, el tribunal fijara en uno de los cinco días de despacho siguientes, la hora para que tenga lugar la audiencia preliminar”, Entendiéndose que la emisión del presente auto se realiza en el primer (1º) día de despacho al que hace mención nuestro legislador.
EL JUEZ SUPERIOR,
DR. ALFREDO JOSÉ SIVIRA PERDOMO
La Secretaria Suplente,
ABG. HENYERLIN GARCIA
AJSP/HG/EH