REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 27 de abril de 2.026
Años 216º y 167º
Agregado como ha sido el escrito de pruebas presentado por la abogada MARÍA TOMASA COLMENAREZ COLMENAREZ, inscrita en el instituto de previsión social de abogado bajo el Nro.303.549, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana YENDY DAYANA IZAGUIRRE OJEDA, identificada en autos, parte actora en la presente causa, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Téngase para ser tomado en cuenta en la definitiva.
CAPITULO II. PRUEBAS DOCUMENTALES:
Se admite, cuanto ha lugar en derecho las documentales señalas en el escrito de pruebas presentado.
CAPITULO III. PRUEBA TESTIMONIALES:
De conformidad con lo establecido en el artículo 483 del Código de Procedimiento Civil, fija al DÉCIMO QUINTO (15°) día de despacho siguiente al presente para que la parte promovente presente a las ciudadanas MINERVA AMALOA OJEDA DE IZAGUIRRE y CLAUDIA MARIELA IZAGUIRRE OJEDA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nro.V-7.014.915 y V-18.687.431 respectivamente y ambos de este domicilio, quienes deberán comparecer por ante este Tribunal a las (DIEZ 10:00 a.m. y ONCE 11:00 a.m. de la mañana), a rendir sus declaraciones al interrogatorio que le será formulado en su oportunidad. Igualmente se fija al DÉCIMO SEXTO (16°) día de despacho siguiente al presente para que la parte promovente presente a los ciudadanos JOHANA CAROLINA MEZA PÉREZ y RICHARD JOSÉ CHIRINO CHIRINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nro. V-17.282.967 y V-7.080.598 respectivamente y ambos de este domicilio, quienes deberán comparecer por ante este Tribunal a las (DIEZ 10:00 a.m. y ONCE 11:00 a.m. de la mañana) a rendir sus declaraciones al interrogatorio que le será formulado en su oportunidad.
Abg. LUCILDA OLLARVES VELASQUEZ
Jueza Provisoria
Abg. CAROLINA CONTRERAS
Secretaria Titular
Se hizo lo ordenado.

Secretaria,

EXP.57.283
LOV/cc/nr.