DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado IVAN HERMOSILLA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.227, en su carácter de apoderado judicial de la empresa PIRELLI DE VENEZUELA, C.A.
SEGUNDO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado EDGAR RUH, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo Nro 67.484 en su carácter de apoderado judicial del actor.
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ANGEL RAMON TORO, titular de la cédula de identidad No 7.061.382, representado judicialmente por los abogados LUIS LUGO Y EDGAR RUH, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 67.862 y 67.484, respec.....