este Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada entre la abogada JUDY DE FREITAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 106.261, actuando en representación del ciudadano JOSE RAFAEL QUINTERO NAVAS, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.848.130, parte demandante, y el abogado RAFAEL IGNACIO CAMPOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 56.203, actuando en representación de la parte accionada "ORGANIZACIÓN DE SEGURIDAD RAPIDA OSR, C.A. en fecha de 22 de julio de 2010, a los fines de que tenga fuerza de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.